A partir de ahora, los restaurantes deberán darle al cliente la comida que le haya sobrado, sin necesidad que este lo pida.
La ley tiene como objetivo disminuir el desperdicio de los alimentos. Por eso, a partir de ahora, se lanzará una campaña de difusión para concientizar que los alimentos no deben ser desperdiciados.
Según la ley que se aprobó en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, ahora, tanto los restaurantes como los bares porteños, tienen la obligación de entregar a sus clientes la comida sin consumir que ya hayan pagado. El objetivo del proyecto es disminuir los desperdicios provenientes de los alimentos que dejan los clientes, mediante la entrega de los mismos a sus comensales.
La ley exige que en los locales gastronómicos se exhiba un cartel con la siguiente leyenda: “Sr. Consumidor: Usted tiene derecho a recibir, sin costo alguno, el producto que haya abonado y no consumido“.
Para tal fin, y que la ley se cumpla la normativa el Poder Ejecutivo deberá realizar una campaña de difusión para concientizar que “el alimento no se debe desperdiciar y que este es un compromiso que debemos asumir todos“.
Según las bases de la norma, el desperdicio de alimentos es un problema a nivel mundial por el que se tiran, anualmente, 1300 millones de toneladas de alimentos comestibles, de acuerdo con los informes de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO).
Por otro lado, señalan que la creación extrema de residuos de alimentos produce la emisión de gases de efecto invernadero, que generan un impacto negativo en el ambiente y esto lleva a acelerar los efectos del cambio climático.
Asimismo, los autores de la ley, manifestaron que “según datos de principios de 2017, de la Dirección de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos de la Secretaría de Alimentos y Bebidas del Ministerio de Agroindustria, en la Argentina se desechan 16 millones de toneladas de alimentos por año, es decir, un 12.5 por ciento de todos los alimentos que se producen en el país. Con estos datos se estima que una persona tira 38 kilos de alimento por año“.
Una de los artículos de esta ley aprobada en la legislatura porteña, concede la facultad al Poder Ejecutivo, mediante de la Autoridad de Aplicación de la Ley, que será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, a llevar adelante una amplia campaña de difusión de la misma. En ese sentido, se sostiene que “el principal obstáculo a esta iniciativa es cultural, ya que son los clientes los que no se atreven a pedir lo que sobra de su comida, y lo que sucede es que una vez servido un alimento a un cliente, el restaurante no puede reutilizarlo y las sobras se tiran a la basura”.