jueves 21 noviembre, 2024
Interes General

ADIOS A LIMPIAVIDRIOS Y TRAPITOS DE LOS BARRIOS DE LA CIUDAD

Hoy en la sesión ordinaria se aprobó la modificación del código contravecional, uno de los ítems más llamativos de esta nueva modificación, es que la a actividad de las personas de los limpian los vidrios en las calles y ubican los autos en los espacios de las calles, llamados Trapitos, queda completamente no autorizada como medida de corrección ante liderazgos ilegales de bandas y monopolios.

Quien ejerza esta actividad sin el debido permiso, podrá recibir una amonestación monetaria, de trabajo social o encarcelamiento (dependiendo del caso), además la reforma indica que si dentro de este sistema ilegal, existe complicidad del personal de las fuerza pública policial, se iniciará una investigación con su sumario respectivo y en el peor de los casos la exoneración del policía a modo de castigo.

Queda entonces notificada la persona que se dedica a esta actividad ilegal que para controlar las mafias formadas alrededor de la misma, y para seguridad de los conductores y transeúntes que no pueden prestar servicio de estacionamiento vehicular, cuidar autos, o limpiar vidrios sin una previa autorización por parte de las entidades encargadas del tema. Si esto se viese incumplido, la persona afectada podría ser amonestada con trabado social, multas, encarcelamiento.

Lo mismo ocurrirá para las instituciones que organicen eventos masivos o de parques naturales en los momentos de mayor afluencia, como lo suelen ser los fines de semana, hasta 30 cuadras del lugar podrá regir la ley, además se sancionará a dichas instituciones si se demuestra colaboración y organización de esto para beneficio propio.

Los estadios serán otros bajo la mira de la modificación contravencional, donde si se demuestra que los parqueo son de personas con relación o vinculación con la Organización deportiva tendrán una importante multa y  hasta la clausura de sus  lugares.

Todo lo anterior y sumado a la agresión, acoso de cualquier tipo, hostigamiento, amenaza, mal trato, humillación o cualquier acto relacionado con el deterioro y ataque a la dignidad del ser, o el reparto de publicidades o de grabaciones íntimas, además de los ruidos molestos, será sancionado.

 

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