Se puede anotar cualquier persona mayor de 25 años de edad, que se encuentre sola o en pareja y habite en la Ciudad.
La adopción garantiza los derechos de los niños, niñas y adolescentes a desarrollarse en el seno de una familia. En la Ciudad porteña de Buenos Aires, el organismo encargado de realizar las inscripciones al RUAGA es el Consejo de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que preside Karina Leguizamón.
Todos los años en la Ciudad de Buenos Aires, se demandan familias para alrededor de 200 niños. 10 de cada 8 personas que buscan adoptar, piensan en niños menores de tres años. La cuestión es que “La mayoría de los niños en estado de adopción tienen más de seis años o son grupos de hermanos”, expresó Leguizamón. Luego agregó “Del lado de los adultos, la mayoría de las personas que buscan adoptar piensa en niños más pequeños. Este desencuentro aumenta los tiempos de espera de grandes y chicos. Si lográsemos construir una mirada más amplia e inclusiva, habría más familias y nuevas oportunidades para chicos y grandes”.
La mayoría de los chicos que esperan su familia son mayores de seis años y tienen hermanos.
Para restablecer esta situación, el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, expresó hace más de un año una progresión de modificaciones que aceleran el proceso de adopción. Estos cambios introducieron innovaciones en el sistema de inscripción y de evaluaciones, búsquedas más extenuantes, mayor juntura con la Justicia y un seguimiento de cerca a las familias durante todo el transcurso. Los resultados arrojados fueron positivos: la inscripción en el RUAGA, que hasta 2016 se demoraba un año y medio, hoy no supera los seis meses.
“Nuestro objetivo es hacer más fácil todo el trámite de adopción, menos burocrático, pero sobre todo, más personalizado. Es demasiado importante como decisión en la vida, para los chicos, como para que sólo sea un expediente o un número”, resaltó Rodríguez Larreta.
La adopción en cinco pasos
¿Quiénes pueden inscribirse?
Se puede inscribir una única persona o ambos integrantes de un matrimonio o de una unión convivencial que hubieran cumplido los 25 años de edad, o en el caso que uno de los peticionantes sea menor de 25, podrá efectuarlo si su cónyuge o conviviente que se inscriba conjuntamente cumpla con este requisito.
También, quienes quieran inscribirse en el Registro deberán tener residencia permanente en el país. Si la persona no es de nacionalidad argentina o naturalizada en el país, deberá presentar la acreditación que ha residido en la República Argentina durante los últimos cinco años.
Todas las personas que decidan iniciar un proyecto adoptivo deberán inscribirse en el Registro de aspirantes a la adopción de la jurisdicción en la que viva. En el caso de los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, se deberán inscribir en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos (RUAGA), que se ubica en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3175.
Más información: línea 102 o www.buenosaires.gob.ar/adopcion.