Desde el 15 de octubre, los contribuyentes con deudas de ABL y Patentes podrán acceder a un nuevo plan de regularización que ofrece dos alternativas de pago: cancelar el total en un solo desembolso con una quita del 100% de los intereses resarcitorios o financiar la deuda en hasta 12 cuotas sin interés, con una reducción del 50% de esos recargos. La inscripción estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026.
El régimen alcanza a las obligaciones vencidas antes del 1 de octubre que continúen en instancia administrativa. Para ingresar, la deuda original no deberá superar los $5.940.000 por partida inmobiliaria o dominio del vehículo, según el impuesto que se quiera regularizar.
La primera opción está dirigida a quienes puedan pagar toda la deuda de una vez. En ese caso, se eliminará el 100% de los intereses resarcitorios acumulados, por lo que el contribuyente deberá abonar el capital pendiente sin esos recargos.
La segunda alternativa permite distribuir el pago en hasta 12 cuotas mensuales. En esta modalidad, se descontará el 50% de los intereses resarcitorios y no se aplicarán intereses adicionales por la financiación. Es una opción para quienes necesitan reducir el impacto del desembolso y ponerse al día de manera gradual.
En ambos casos, los pagos se efectuarán mediante débito automático. Para adherirse, será necesario contar con una cuenta bancaria, informar el CBU y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
El trámite es completamente online y se realiza desde el sitio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Los interesados deben ingresar a www.agip.gob.ar, seleccionar la sección “Planes de Facilidades”, elegir el impuesto correspondiente y consultar las opciones disponibles para su deuda.
El plazo para ingresar al programa vence el 31 de diciembre de 2026. Antes de elegir una modalidad, se recomienda revisar el monto adeudado y comparar ambas alternativas: el pago único permite eliminar todos los intereses resarcitorios, mientras que el plan en cuotas ofrece una reducción parcial de esos recargos y más tiempo para cancelar la obligación.